NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 159

Definición

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En un registro especial a cargo de la Corte Superior se registrarán, con carácter confidencial, las medidas socio-educativas que sean impuestas por el Juez al adolescente infractor. Se anotarán en dicho registro:

a) El nombre del adolescente infractor, de sus padres o responsables;

b) El nombre del agraviado;

c) El acto de infracción y la fecha de su comisión;

d) Las medidas socio-educativas impuestas con indicación de la fecha; y

e) La denominación del Juzgado, Secretario y número del expediente.

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