NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 70

Individualización del tratamiento

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Para individualizar el tratamiento se hace el estudio integral del interno mediante la observación y los exámenes que correspondan, a efecto de formular el diagnóstico y pronóstico criminológico.

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  • Texto según el artículo 62 del Decreto Legislativo Nº 654