Artículo 1850
Bien de propiedad del depositario
El depositario está liberado de toda obligación si resulta que el bien le pertenece y que el depositante no tiene derecho alguno sobre éste.
Bien de propiedad del depositario
El depositario está liberado de toda obligación si resulta que el bien le pertenece y que el depositante no tiene derecho alguno sobre éste.