NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1735

Obligaciones del comodante

Compartir por WhatsApp

Son obligaciones del comodante:

1.- Entregar el bien en el plazo convenido

2.- Comunicar oportunamente al comodatario si el bien adolece de algún vicio que conoce.

3.- No solicitar la devolución del bien antes del plazo estipulado y, en defecto de pacto, antes de haber servido al uso para el que fue dado en comodato, salvo el caso previsto en el artículo 1736.

4.- Pagar los gastos extraordinarios que hubiese hecho el comodatario para la conservación del bien.

Conceptos del diccionario en este artículo