NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1579

Caducidad de la acción rescisoria

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El derecho del vendedor al aumento del precio y el del comprador a su disminución, así como el derecho de este último de pedir la rescisión del contrato, caducan a los seis meses de la recepción del bien por el comprador.

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