NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1553

Lugar de entrega del bien

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A falta de estipulación, el bien debe ser entregado en el lugar en que se encuentre en el momento de celebrarse el contrato. Si el bien fuera incierto, la entrega se hará en el domicilio del vendedor, una vez que se realice su determinación.

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