NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1470

Promesa de la obligación o del hecho de un tercero

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Se puede prometer la obligación o el hecho de un tercero, con cargo de que el promitente quede obligado a indemnizar al otro contratante si el tercero no asume la obligación o no cumple el hecho prometido, respectivamente.

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