Artículo 178
ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS
El texto vigente es el que fijó el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1028, publicado el 22 junio 2008. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Las empresas deben establecer un adecuado proceso de administración de activos y pasivos. Dicho proceso debe incluir la identificación, medición, control y reporte de los riesgos a los que se encuentren expuestas por la prestación de servicios financieros, tales como riesgo de liquidez, riesgo de mercado y riesgo operacional.
Historial y notas
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- Artículo sustituido por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1028, publicado el 22 junio 2008, disposición que entró en vigencia el 1 de diciembre de 2008, cuyo texto es el siguiente:
Las empresas del sistema financiero deben cuidar que exista una correspondencia adecuada, mas no necesariamente exacta, entre los plazos de sus operaciones activas y pasivas, así como entre sus captaciones y las respectivas colocaciones e inversiones. Esta correspondencia también se debe aplicar en relación a la exposición en moneda extranjera.