Artículo 132
FACULTADES Y OBLIGACIONES
El texto vigente es el que fijó el Artículo Único de la Ley N° 30937, publicada el 24 abril 2019. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Las facultades y obligaciones del alcalde y de los regidores de las municipalidades de centros poblados son reguladas mediante decreto de alcaldía de la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, con arreglo a la delegación de funciones y prestación de servicios públicos locales.
Los alcaldes de municipalidades de centros poblados participan en la formulación del presupuesto participativo y los planes institucionales de la municipalidad a la que pertenecen.
Historial y notas
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- Artículo modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30937, publicada el 24 abril 2019, cuyo texto es el siguiente.
El procedimiento para la elección de alcaldes y regidores de municipalidades de centros poblados se regula por la ley de la materia.