NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 191

Responsabilidad solidaria con los directores

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El gerente es responsable, solidariamente con los miembros del directorio, cuando participe en actos que den lugar a responsabilidad de éstos o cuando, conociendo la existencia de esos actos, no informe sobre ellos al directorio 0 a la junta general.

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