NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 118

Arribo forzoso

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Se entiende por arribo forzoso, el ingreso de cualquier medio de transporte, a un lugar del territorio aduanero, por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado por la autoridad correspondiente, quien deberá comunicar tal hecho a la autoridad aduanera.

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