NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 300

Sustitución o acumulación

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El incumplimiento de las restricciones impuestas al imputado, autoriza al Juez a sustituir o acumular estas medidas con las demás previstas en el presente Título, incluso con las de prisión preventiva o detención domiciliaria, teniendo en cuenta la entidad, los motivos y las circunstancias de la trasgresión.

Historial y notas

1 nota
  • Vigencia adelantada por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1190, publicado el 22 agosto 2015, en todo el territorio peruano.