Artículo 705-A
Ejecución de la obligación
Artículo incorporado
Lo añadió el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1069, publicado el 28 junio 2008.
Determinado el costo del bien cuya obligación de entrega ha sido demandada, sea por la tasación presentada por el ejecutante o por una pericia ordenada por el Juez, se proseguirá la ejecución dentro del mismo proceso, conforme a lo establecido para las obligaciones de dar suma de dinero."
Historial y notas
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- Artículo incorporado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1069, publicado el 28 junio 2008.