NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 558

Trámite de los recursos de apelación

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó el Artículo 4 de la Ley N° 31464, publicada el 4 mayo 2022. La redacción anterior está en «Historial y notas».

El trámite de los recursos de apelación con efecto suspensivo y sin efecto suspensivo se sujeta a lo dispuesto en los artículos 376 y 377, respectivamente.

Historial y notas

1 nota · 1 versión anterior
  • Artículo modificado por el Artículo 4 de la Ley N° 31464, publicada el 04 mayo 2022, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Trámite de la apelación con efecto suspensivo

El trámite de la apelación con efecto suspensivo se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 376.