Artículo 409
Trámite de la consulta
Cuando proceda la consulta, el expediente es elevado de oficio.
El Auxiliar jurisdiccional enviará el expediente al superior dentro de cinco días, bajo responsabilidad.
La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. No procede el pedido de informe oral.
Durante la tramitación de la consulta, los efectos de la resolución quedan suspendidos.