Artículo V
Derechos subsistentes del interno
El régimen penitenciario se desarrolla respetando los derechos del interno no afectados por la condena.
Está prohibida toda discriminación racial, social, política, religiosa, económica, cultural o de cualquier otra índole.
Historial y notas
1 nota
- Texto según el artículo V del Decreto Legislativo Nº 654