Código CivilVigente Artículo 896 Noción de posesión Copiar artículo Compartir por WhatsApp Reportar error La posesión es el ejercicio de hecho de uno o más poderes inherentes a la propiedad. Términos del diccionario que citan este artículoReales y RegistralPosesiónEjercicio de hecho de uno o más poderes inherentes a la propiedad, con independencia de que el poseedor sea o no propietario (art. ← Artículo 895Aplicación extensiva de las normas sobre frutos Artículo 897 →Servidor de la posesión