Código CivilVigente Artículo 61 Fin de la persona Copiar artículo Compartir por WhatsApp Reportar error La muerte pone fin a la persona. Términos del diccionario que citan este artículoCivil: Personas y Acto JurídicoFin de la personaExtinción de la persona natural, que se produce con la muerte. ← Artículo 60En los casos de los incisos 1 y 2 del artículo 59 se restitu Artículo 62 →Conmorencia