Artículo 1976-A
Responsabilidad de la persona con apoyo
Artículo incorporado
Lo añadió el Artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 septiembre 2018.
La persona que cuenta con apoyos es responsable por sus decisiones, incluso de aquellas realizadas con dicho apoyo, teniendo derecho a repetir contra él. Las personas comprendidas en el artículo 44 numeral 9 no son responsables por las decisiones tomadas con apoyos designados judicialmente que hayan actuado con dolo o culpa.”
Historial y notas
1 nota
- Artículo incorporado por el Artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018.