Artículo 1931
Pluralidad de beneficiarios
Si al constituirse la renta en favor de varias personas, no se expresa la porción de que gozará cada una, se entiende que ellas se benefician por cuotas iguales.
Pluralidad de beneficiarios
Si al constituirse la renta en favor de varias personas, no se expresa la porción de que gozará cada una, se entiende que ellas se benefician por cuotas iguales.