Artículo 1373
Perfeccionamiento del Contrato
El contrato queda perfeccionado en el momento y lugar en que la aceptación es conocida por el oferente.
Términos del diccionario que citan este artículo
Obligaciones y ContratosAceptaciónDeclaración de voluntad mediante la cual el destinatario de una oferta manifiesta su conformidad plena y sin reservas con los términos de la misma.Obligaciones y ContratosOfertaDeclaración de voluntad unilateral, recepticia y vinculante, mediante la cual una persona propone a otra la celebración de un contrato.