Artículo 134
Noción y fines de las Comunidades Campesinas y Nativas
Las comunidades campesinas y nativas son organizaciones tradicionales y estables de interés público, constituidas por personas naturales y cuyos fines se orientan al mejor aprovechamiento de su patrimonio, para beneficio general y equitativo de los comuneros, promoviendo su desarrollo integral.
Están reguladas por legislación especial.
R.N° 345-2013-SUNARP-SN (Aprueban la Guía General para la inscripción de los actos y derechos de las Comunidades Nativas)