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Artículo 134

Noción y fines de las Comunidades Campesinas y Nativas

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Las comunidades campesinas y nativas son organizaciones tradicionales y estables de interés público, constituidas por personas naturales y cuyos fines se orientan al mejor aprovechamiento de su patrimonio, para beneficio general y equitativo de los comuneros, promoviendo su desarrollo integral.

Están reguladas por legislación especial.

R.N° 345-2013-SUNARP-SN (Aprueban la Guía General para la inscripción de los actos y derechos de las Comunidades Nativas)

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