Artículo 1158
Derechos de acreedor por incumplimiento culposo
El incumplimiento por culpa del deudor de la obligación de no hacer, autoriza al acreedor a optar por cualquiera de las siguientes medidas:
1.- Exigir la ejecución forzada, a no ser que fuese necesario para ello emplear violencia contra la persona del deudor.
2.- Exigir la destrucción de lo ejecutado o destruirlo por cuenta del deudor.
3.- Dejar sin efecto la obligación.