NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 231

Estabilidad de la competencia para la potestad sancionadora

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El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las autoridades administrativas a quienes le hayan sido expresamente atribuidas por disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarse en órgano distinto.

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  • Texto según el artículo 231 de la Ley Nº 27444