Artículo 158
Forma de librar exhorto. Contenido
Los exhortos comienzan en esta forma:"a nombre de la Nación, la Corte o Juzgado de ... a la Corte o Juzgado de...". En seguida se hace un resumen de la materia que da lugar a la expedición del exhorto y se concluye mandando o rogando, según el caso, que se cumpla la comisión. La fecha del exhorto precede a las firmas.