NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 158

Forma de librar exhorto. Contenido

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Los exhortos comienzan en esta forma:"a nombre de la Nación, la Corte o Juzgado de ... a la Corte o Juzgado de...". En seguida se hace un resumen de la materia que da lugar a la expedición del exhorto y se concluye mandando o rogando, según el caso, que se cumpla la comisión. La fecha del exhorto precede a las firmas.

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