Artículo 101
Quórum
La Junta se constituye válidamente para tomar acuerdos cuando asisten la mitad más uno de sus miembros, adoptándose los acuerdos por mayoría simple.
Historial y notas
3 notas
- Artículo dejado en suspenso por la Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, publicada el 19 junio 1996, la misma que posteriormente fue derogada según la Sentencia del Tribunal Constitucional, publicada el 06 noviembre 1996.
- Artículo suspendido por el Artículo 3 de la Ley Nº 27009, publicada el 05 diciembre 1998, durante la vigencia de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial.
- De conformidad con el Artículo 1 de la Ley Nº 27367, publicada el 06 noviembre 2000, se dispone la desactivación de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial.