NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 296

Razón social

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La sociedad civil ordinaria y la sociedad civil de responsabilidad limitada desenvuelven sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de uno o más socios y con la indicación"Sociedad Civil"o su expresión abreviada"S. Civil"; o,"Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada"o su expresión abreviada"S. Civil de R. L.".