Ley General de SaludVigentetexto al 14/10/2026 Artículo 116 Copiar artículo Compartir por WhatsApp Reportar error Queda prohibido el comercio de cadáveres y restos humanos. ← Artículo 115La inhumación, exhumación, traslado y cremación de cadáveres Artículo 117 →Toda persona natural o jurídica, está obligada a proporciona