Artículo 27
Actuación de la prueba
En la etapa de indagación patrimonial y antes de la audiencia de pruebas, el Juez puede disponer, a petición del Fiscal, la actuación de pruebas anticipadas e irreproducibles.
Actuación de la prueba
En la etapa de indagación patrimonial y antes de la audiencia de pruebas, el Juez puede disponer, a petición del Fiscal, la actuación de pruebas anticipadas e irreproducibles.