Artículo 102-E
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ESPONTÁNEO
La SUNAT puede intercambiar información de manera espontánea cuando obtuviera información que considere que sea de interés para la autoridad competente.
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ESPONTÁNEO
La SUNAT puede intercambiar información de manera espontánea cuando obtuviera información que considere que sea de interés para la autoridad competente.