NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 92

Litisconsorcio activo y pasivo

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Hay litisconsorcio cuando dos o más personas litigan en forma conjunta como demandantes o demandados, porque tienen una misma pretensión, sus pretensiones son conexas o porque la sentencia a expedirse respecto de una pudiera afectar a la otra.

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