Diccionario Jurídico VivoPerú · por Paul Arroyo · más herramientas
Código PenalModificado (3 veces)

Artículo 30

Pena restrictiva de la libertad

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La pena restrictiva de libertad es la de expulsión del país y se aplica a extranjeros después de cumplida la pena privativa de libertad, por concesión de un beneficio penitenciario o por conversión de la pena privativa de libertad, quedando prohibido su reingreso al país.

En el caso de expulsión por concesión de beneficios penitenciarios o por conversión de la pena privativa de libertad, el Perú mantiene jurisdicción exclusiva sobre la condena impuesta.

Historial y notas

2 notas · 3 versiónes anteriores
  • Artículo modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30219, publicado el 08 julio 2014, cuyo texto es el siguiente:
  • Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 32372, publicada el 07 junio 2025, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Penas restrictivas de libertad - Clases

1. La expatriación, tratándose de nacionales; y(1)

2. La expulsión del país, tratándose de extranjeros.

Ambas se aplican después de cumplida la pena privativa de libertad.

La primera tiene una duración máxima de diez años. (2)

(1) Confrontar con la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución de 1993 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos Art. 22 num. 5

(2) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 29460, publicada el 27 noviembre 2009, cuyo texto es el siguiente:

Texto anterior 2 · Pena restrictiva de libertad

La pena restrictiva de libertad es la de expulsión del país, tratándose de extranjeros. Se aplica después de cumplida la pena privativa de libertad." (*)

Texto anterior 3 · Pena restrictiva de la libertad

La pena restrictiva de libertad es la de expulsión del país y se aplica a extranjeros después de cumplida la pena privativa de libertad o la concesión de un beneficio penitenciario, quedando prohibido su reingreso.

En el caso de expulsión por concesión de beneficios penitenciarios, el Perú mantiene jurisdicción exclusiva sobre la condena impuesta."(*)