Artículo 6
Examen médico
Al ingresar al Establecimiento Penitenciario, el interno es examinado por el servicio de salud para conocer su estado físico y mental. Si se encuentran huellas de maltratos físicos, se comunica inmediatamente al representante del Ministerio Público y, en su caso, al Juez competente.
Historial y notas
1 nota
- Texto según el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 654