Artículo 883
Normas que rigen los predios rústicos
Artículo derogado
Lo derogó el segundo párrafo de la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 653, publicado el 1 agosto 1991. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.
Los derechos reales sobre predios rústicos se rigen por la legislación de la materia.
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- Artículo derogado por el segundo párrafo de la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 653, publicado el 01 agosto 1991.