NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 883

Normas que rigen los predios rústicos

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Artículo derogado

Lo derogó el segundo párrafo de la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 653, publicado el 1 agosto 1991. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.

Los derechos reales sobre predios rústicos se rigen por la legislación de la materia.

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1 nota
  • Artículo derogado por el segundo párrafo de la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 653, publicado el 01 agosto 1991.