NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1495

Derechos del adquiriente en virtud del saneamiento

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El adquirente tiene en virtud del saneamiento el derecho de pedirle al transferente:

1.- El valor del bien al momento de la evicción, teniendo en cuenta la finalidad para la que fue adquirido.

2.- Los intereses legales desde que se produce la evicción.

3.- Los frutos devengados por el bien durante el tiempo que lo poseyó de buena fe o su valor, si fue obligado a devolverlos con el mismo bien.

4.- Las costas del juicio de evicción, en caso de haber sido obligado a pagarlas.

5.- Los tributos y gastos del contrato que hayan sido de cargo del adquirente.

6.- Todas las mejoras hechas de buena fe por el adquirente, no abonadas por el evincente.

7.- La indemnización de daños y perjuicios, cuando el transferente incurrió en dolo o culpa al celebrar el contrato.