NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1260

Subrogación legal

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La subrogación opera de pleno derecho en favor:

1.- De quien paga una deuda a la cual estaba obligado, indivisible o solidariamente, con otro u otros.

2.- De quien por tener legítimo interés cumple la obligación.

3.- Del acreedor que paga la deuda del deudor común a otro acreedor que le es preferente.

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