Artículo 60
Pluralismo Económico
El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.
Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional.
La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.
Términos del diccionario que citan este artículo
ConstitucionalEconomía social de mercadoModelo económico adoptado por la Constitución de 1993 según el cual la iniciativa privada es libre y se ejerce en un mercado en el que el Estado orienta el desarrollo del país y actúa…Comercial y SocietarioEmpresaOrganización de capital y trabajo destinada a la producción o intermediación de bienes o servicios para el mercado, con el propósito de obtener beneficios.